Resumen del criterio jurisprudencial
Los reclamantes, Ramón Díaz Barros y Cristian De La Carrera Lantadilla, interpusieron un reclamo de ilegalidad contra la Municipalidad de Santiago por cobrar derechos de aseo por tres patentes municipales enroladas en un mismo inmueble (oficina 903, calle Estado 235). La Municipalidad sostuvo que cada patentado es un usuario distinto y debe pagar por separado. La Corte de Apelaciones de Santiago acogió parcialmente el reclamo, declarando inválidos los decretos municipales que negaron la impugnación administrativa. El tribunal razonó que los derechos de aseo se vinculan al inmueble que genera los desechos, no a la cantidad de usuarios, y que el concepto de 'usuario' del artículo 9° del DL 3.063 se refiere a quien tiene el uso, goce o dominio del bien raíz. Se rechazó lo demás pedido por exceder los márgenes del artículo 151 de la Ley 18.695. La decisión se adoptó con el voto en contra de la ministra (s) Paola Díaz Urtubia.