Resumen del criterio jurisprudencial
Estas operaciones no se encuentran afectas al impuesto al valor agregado (resol. ex. 551 1975)., la factura de compra debe emitirse al momento de efectuarse la entrega real o simbólica de las especies y en caso contrario incurre en la conducta descrita y sancionada en el artículo 97 n° 10 del c.t., al ser una infracción leve (circular 1 del año 2004 sii) y al no existir norma de codificación expresa en el ct se debe remitirse a las normas del código penal (art. 70 inciso 1°).