Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte de Apelaciones de Concepción rechazó el recurso de reclamación judicial interpuesto por la Fundación Educacional Evan F. Holmes, sostenedora del Colegio Bautista de Concepción, contra la Superintendencia de Educación. La recurrente impugnaba la sanción de multa de 51 UTM por no aplicar correctamente su reglamento interno y protocolos ante una denuncia de maltrato psicológico a una estudiante con TEA. Alegaba caducidad del procedimiento, errónea apreciación de los hechos, falta de congruencia y desproporcionalidad de la sanción. La Corte desestimó la caducidad al considerar que la resolución final se notificó dentro del plazo de dos años desde la notificación del inicio del procedimiento. Asimismo, estimó que la sanción se ajustó a la normativa educacional y que no se configuraron los vicios denunciados. En consecuencia, confirmó la validez del acto administrativo sancionatorio.