Resumen
El trabajador Poblete fue despedido por la Empresa Nacional de Telecomunicaciones invocando necesidades de la empresa. El Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago acogió la demanda de despido injustificado, condenando a la demandada al pago del recargo legal sobre la indemnización por años de servicio y a la devolución de lo descontado como aporte del empleador al seguro de cesantía. La demandada interpuso recurso de nulidad fundado en la causal del artículo 478 letra b) del Código del Trabajo, por infracción manifiesta de las reglas de la sana crítica al apreciar la prueba, argumentando que el tribunal desconoció hechos de pública notoriedad como la crisis económica del sector. La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso, señalando que la recurrente no precisó las reglas de la lógica, ciencia o experiencia supuestamente vulneradas, por lo que el recurso resultó infundado. Además, condenó en costas a la demandada por su actuación contraria a la buena fe. En consecuencia, se confirmó la sentencia de primera instancia.