Resumen del criterio jurisprudencial
Notificado que sea el requerimiento de antecedentes el SII tiene un plazo de seis meses para citar al contribuyente, liquidar o efectuar giros por el lapso que se ha examinado, de tal manera que si vencido dicho plazo el Servicio no adopta alguna de tales decisiones, el plazo para revisar dicho período caducó