El contribuyente L.E.P.R. dedujo reclamo tributario en contra de las Liquidaciones Nos…
Sentencia · Tribunal Tributario y Aduanero · 2022
Resumen
El contribuyente L.E.P.R. dedujo reclamo tributario en contra de las Liquidaciones Nos 25 a 55, de 27 de enero de 2016, emitidas por el Servicio de Impuestos Internos, que liquidaban Impuesto a las Ventas y Servicios por períodos entre octubre de 2012 y noviembre de 2014, Impuesto a la Renta de Primera Categoría e Impuesto Global Complementario por el Año Tributario 2013, Impuesto Único del Artículo 21 de la Ley de Impuesto a la Renta y Reintegro por el Año Tributario 2014, e Impuesto Único del Artículo 21 para el Año Tributario 2015, por un monto total de $354.769.190.- más intereses y reajustes. El tribunal, luego de analizar los antecedentes y la prueba rendida, concluyó que no existían fundamentos para acoger el reclamo, confirmando íntegramente las liquidaciones impugnadas. Se declaró que no se condenaba en costas al reclamante por estimar que tuvo motivos plausibles para litigar. La sentencia fue dictada por la Jueza T.D.B.S.T. Tribunal Tributario y Aduanero de la Región Metropolitana.
Normas citadas
Artículos 6° y 7° de la Constitución Política de la República
Código Tributario
Artículo 29 y siguientes de la Ley de Impuesto a la Renta
D.L. N° 825, de 1970, Ley de Impuesto a las Ventas y Servicios
Ley N° 19.880
Ley N° 18.320
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