ConstitucionalAcoge

La parte recurrente dedujo un recurso de protección contra Isapre Cruz Blanca S.A.

Resumen del criterio jurisprudencial

La parte recurrente dedujo un recurso de protección contra Isapre Cruz Blanca S.A. por no dar cumplimiento a la Circular IF/N° 396 de la Superintendencia de Salud, que ordena equiparar las coberturas de salud mental con las de salud física. La Corte de Apelaciones rechazó la acción por estimar que la circular solo rige para los nuevos planes de salud. La recurrente apeló, sosteniendo que la Ley N° 21.331 y su normativa de implementación se aplican también a los contratos vigentes. La Corte Suprema revocó la sentencia apelada y acogió el recurso de protección. Estimó que la Circular IF/N° 396 es de cumplimiento obligatorio y que los contratos de salud no pueden estipular topes ni restricciones menores para las prestaciones de salud mental. Ordenó a la Isapre realizar los ajustes necesarios para equiparar dichas coberturas conforme al contrato vigente. No ordenó la devolución de sumas pagadas por tratarse de una decisión de efecto constitutivo.

(CIVIL) APELACIÓN PROTECCIÓNTERCERA, CONSTITUCIONAL

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.