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El tribunal desestimó la solicitud de una cónyuge pese a acreditar que la vivienda cons…

Resumen del criterio jurisprudencial

El tribunal desestimó la solicitud de una cónyuge pese a acreditar que la vivienda constituía la residencia principal de la familia, al existir un derecho real de usufructo vitalicio inscrito a favor de un tercero ajeno al matrimonio.

El Juzgado de Familia de Linares rechazó declarar bien familiar una vivienda pese a que constituía la residencia principal de una familia tras la separación de los cónyuges.El tribunal determinó que el demandado solo era nudo propietario del inmueble, mientras el usufructo vitalicio pertenecía a un tercero ajeno al matrimonio.El fallo fija el criterio de que la declaración de bien familiar es incompatible con un usufructo constituido en favor de un tercero, pues el artículo 147 del Código Civil solo admite esa figura respecto del cónyuge no propietario.No se condenó en costas a la demandante por estimarse que tuvo motivo plausible para litigar.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.