Resumen del criterio jurisprudencial
La Cuarta Sala de la Corte Suprema acogió el recurso de queja deducido en contra de los integrantes de la Corte de Apelaciones de Talca que habían declarado la incompetencia absoluta del Juzgado de Letras del Trabajo de Talca para conocer de una demanda de indemnización de perjuicios derivada de accidente laboral de un funcionario público a contrata. La sentencia revocó la resolución apelada y ordenó que el tribunal laboral diera curso a la acción, citando a las partes a nueva audiencia. Se estableció que los juzgados del trabajo son competentes para conocer demandas de indemnización por daño moral de funcionarios públicos derivadas de accidentes del trabajo. La decisión se fundamentó en la aplicabilidad de la Ley N°16.744 a funcionarios públicos municipales y en que el derecho común en materia laboral es el Derecho Laboral, no el Civil.