H.H.K.E. compareció en representación de la Corporación Educacional Chilenoamericano Sc…
Sentencia · Corte de Apelaciones · 2026
Resumen
H.H.K.E. compareció en representación de la Corporación Educacional Chilenoamericano School Puerto Montt para impugnar la Resolución Exenta PA N°002400 de 8 de octubre de 2025, que imponía una multa de 501 UTM por cobros a alumnos prioritarios. La parte recurrente alegó que la sanción era desproporcionada, que había subsanado la situación mediante devoluciones superiores a $200 millones y que la normativa citada no se ajustaba a los hechos. La Superintendencia había fundamentado el cargo en el artículo 85 de la Ley 20.529 y en infracciones graves previstas en la Ley 20.529 y el DS N°. El tribunal analizó los antecedentes, constató que la multa se encontraba dentro del rango mínimo previsto por la ley y que la autoridad administrativa había valorado correctamente la gravedad de la infracción. Asimismo, consideró que las medidas reparadoras no justifican una reducción de la sanción ni su anulación. En consecuencia, se rechazó el reclamo y se mantuvo la multa, disponiéndose el pago de costas a cada parte.
Normas citadas
Ley 20.529
Ley N° 20.248
Artículo 85 de la Ley 20.529
Resolución Exenta N° 2024
Decreto Supremo N° 235
Resolución Exenta N° 002400
multaseducaciónalumnos prioritariosLey 20.529Superintendencia de Educaciónprincipio de proporcionalidadcontencioso administrativo
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