Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte Suprema conoció de los recursos de casación en la forma y en el fondo interpuestos por la parte demandada en contra de la sentencia de la Corte de Apelaciones de Antofagasta, que confirmó el fallo arbitral de primera instancia. Dicho fallo adjudicó dos inmuebles a los comuneros Julio Ardiles e Ivonne Araya, y ordenó un pago por alcance. La recurrente alegó que la rectificación del laudo original constituyó una alteración sustancial y no un simple error material, configurando las causales de casación en la forma por falta de consideraciones, contradicción y ultrapetita. La Corte declaró inadmisible el recurso de casación en la forma por falta de preparación y por no configurarse los vicios denunciados. Respecto al recurso de casación en el fondo, lo rechazó por manifiesta falta de fundamento, al no haberse impugnado las conclusiones fácticas mediante la denuncia de infracción de leyes reguladoras de la prueba. En consecuencia, la sentencia recurrida quedó firme.