Resumen del criterio jurisprudencial
El recurso de amparo fue interpuesto por el abogado de Jesús, privado de libertad en el Complejo Penitenciario Biobío, contra la Comisión de Reducción de Condena por haber declarado la caducidad del beneficio de reducción de condena. La Comisión, en sesión de 29 de mayo de 2026, calificó como no sobresalientes los períodos 2023, 2024 y 2025, basándose en sanciones disciplinarias y en el incumplimiento de los factores trabajo y rehabilitación. El amparado sostiene que su conducta fue muy buena y que las sanciones consideradas fueron dejadas sin efecto o no corresponden a los períodos evaluados. La Corte de Apelaciones acogió el recurso, dejando sin efecto el acuerdo impugnado y ordenando una nueva evaluación que prescinda de antecedentes ajenos a cada período y que aprecie correctamente el factor trabajo. La decisión se fundamenta en que la Comisión no ponderó adecuadamente los antecedentes y vulneró la libertad personal del amparado.