Resumen
La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó y modificó la sentencia del Séptimo Juzgado Civil que había condenado al Estado a indemnizar a la demandante por daño moral derivado de torturas y privaciones de libertad durante la dictadura. Se consideró la gravedad del sufrimiento, la minoría de edad del demandante en su primera detención y la prolongada duración de la privación de libertad entre 1982 y 1983. Asimismo, se tomó en cuenta el exilio forzado del demandante durante tres décadas y las secuelas físicas y psicológicas que ello generó. La Corte elevó la indemnización a sesenta millones de pesos, descartando que los pagos de leyes de reparación recibidos previamente disminuyeran el quantum resarcitorio. La decisión se basó en el artículo 186 del Código de Procedimiento Civil y en la necesidad de reparar los perjuicios extrapatrimoniales. La sentencia fue pronunciada por la Undécima Sala integrada por la Ministra R.G.R., el Ministro S.F.G. y el Abogado I.S.L..