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Llama la atención que la Resolución Exenta N°5250 prohíba de manera general cualquier u…

Resumen del criterio jurisprudencial

Llama la atención que la Resolución Exenta N°5250 prohíba de manera general cualquier uso de los datos de la PAES, salvo aquellos que tengan por objeto “la gestión y planificación de los procesos de admisión” (Artículo Primero, letra g). Encontramos aquí una estricta restricción a la libertad de informar, impuesta por una norma reglamentaria.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.