Resumen del criterio jurisprudencial
La contribuyente Raquel del Carmen Pinilla Fernandez interpuso un reclamo ante el Tribunal Tributario y Aduanero de la Región de Los Ríos con fecha 3 de enero de 2013. El tribunal, mediante resolución de fojas 5, ordenó que se subsanara un defecto en la presentación, pero la reclamante no dio cumplimiento a lo ordenado. En consecuencia, el tribunal resolvió tener por no presentado el reclamo, conforme al artículo 125 inciso segundo del Código Tributario. La decisión se tomó con base en la certificación de la secretaria abogado y se ordenó notificar por carta certificada a la parte reclamante.