Resumen del criterio jurisprudencial
Felipe Ignacio Salas Saavedra interpuso un recurso de protección contra Isapre Vida Tres S.A. por considerar arbitrario e ilegal que la isapre no equiparara la cobertura de prestaciones de salud mental a la de salud física, vulnerando las garantías constitucionales de igualdad, propiedad y derecho a la vida. La recurrida alegó extemporaneidad, falta de acto concreto y que la Ley N° 21.331 y la Circular IF/N° 396 solo aplican a nuevos planes, no al contrato vigente del recurrente. La Corte desestimó la extemporaneidad por tratarse de una perturbación continua y acogió el recurso, ordenando ajustar la cobertura de salud mental a la de salud física. El falló fue acordado con voto en contra del ministro Patricio Martínez Benavides, quien estimó que la acción pretendía modificar el contrato y que la recurrida actuó conforme a la normativa aplicable a planes antiguos.