Resumen del criterio jurisprudencial
La determinación de lagos o lagunas navegables por buques de más de 100 toneladas, corresponde al Ministerio de Defensa Nacional, a proposición de la Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante, lo que no incide en el acceso a sus playas regulado en el artículo 13 del decreto ley Nº 1.939, de 1977.