Resumen del criterio jurisprudencial
El recurrente, Sebastian Rodriguez, dedujo una acción de protección contra el Servicio Nacional de Migraciones por declarar inadmisible su solicitud de residencia temporal, alegando arbitrariedad e ilegalidad y vulneración de garantías constitucionales. La Corte Suprema confirmó la sentencia apelada, desestimando el recurso. Se estableció que el recurrente se encontraba en una de las causales de prohibición del artículo 50 de la Ley N°21.325, específicamente por estar en condición migratoria irregular al momento de la solicitud. La norma es imperativa y no admite excepciones, por lo que el Servicio actuó dentro de sus facultades legales. El acto administrativo fue dictado conforme a la normativa aplicable y debidamente fundado, sin que se advirtiera ilegalidad o arbitrariedad. En consecuencia, se confirmó la decisión recurrida.