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La Constitución de Venezuela establece que pueden ser electoras todas las personas que…

Resumen del criterio jurisprudencial

La Constitución de Venezuela establece que pueden ser electoras todas las personas que hayan cumplido 18 años siempre que no estén inhabilitadas. Sin embargo, los consulados venezolanos, siguiendo instrucciones del Consejo Nacional Electoral (CNE), están exigiendo una visa de residente, como única prueba válida para la inscripción en el registro electoral.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.