Resumen del criterio jurisprudencial
El Juzgado de Letras y Garantía de Los Vilos,, rechazó la solicitud de regularización e inscripción de derechos de aprovechamiento de aguas subterráneas presentada por Gabriel Astaburuaga Peigneguy contra la Dirección General de Aguas, al no acreditarse los requisitos del artículo 2° transitorio del Código de Aguas. La Corte de Apelaciones de La Serena confirmó esa decisión el 14 de octubre de 2013. Astaburuaga interpuso recurso de casación en el fondo ante la Corte Suprema, alegando vulneración de los artículos 408 y 425 del Código de Procedimiento Civil y del artículo 2° transitorio del Código de Aguas. La Corte Suprema, por la Primera Sala, analizó los antecedentes probatorios y concluyó que no se había demostrado el uso continuo del pozo desde antes de 1981. En consecuencia, consideró que la sentencia impugnada no incurrió en error de derecho sustancial y desestimó el recurso de casación. La resolución fue firmada por los Ministros Nibaldo Segura P., Patricio Valdés A., Guillermo Silva G., Juan Fuentes B. y el Abogado Integrante Raúl Lecaros Z.