Resumen del criterio jurisprudencial
La sanción asciende a 4.713 UTA y se vincula con la sobreextracción autorizada y el incumplimiento de un plan de alerta temprana en San Pedro de Atacama.
La sanción asciende a 4.713 UTA y se vincula con la sobreextracción autorizada y el incumplimiento de un plan de alerta temprana en San Pedro de Atacama.
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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.