Resumen del criterio jurisprudencial
Se resuelve: i.- se acoge el acta de denuncia n° 04 de fecha 26 de agosto de 2015, en cuanto se encuentran acreditada la comisión de la infracción tributaria descrita y sancionada en el inciso segundo del artículo 97 n° 4 del código tributario, por parte del contribuyente. consumada y en calidad de autor. ii.- aplíquese a la contribuyente, transportes leyda s.a, rut n°76.042.330-0, una multa de $ 572.685.678, equivalente al 100 % del perjuicio causado por la comisión de las infracción tributaria del inciso segundo del artículo 97 n° 4 del código tributario por los impuestos defraudados. iii.- conforme lo dispuesto en el artículo 6° letra b número 6 del código tributario, dese cumplimiento por parte de la sr. director regional del servicio de impuestos internos mediante la emisión del giro de la multa aplicada, una vez ejecutoriada la presente sentencia.