Resumen del criterio jurisprudencial
Procede incluir en el cálculo de las pensiones de retiro concedidas a los funcionarios protegidos por el artículo 4° transitorio de la ley N° 18.458, las asignaciones de modernización, de alta dirección pública y de desempeño de funciones críticas previstas en las leyes N°s. 19.553 y 19.882, atendida la imponibilidad de esos emolumentos, debiendo aplicarse, en todo caso, el límite de imponibilidad que indica.