Resumen del criterio jurisprudencial
El 27 de agosto de 2026 la Corte Suprema de Chile resolvió el recurso de casación interpuesto por la empresa E-Trans SpA contra la sentencia del Instituto Nacional de Propiedad Industrial que había autorizado el registro de la marca denominativa “E-TRON” solicitada por Audi AG. La solicitud de registro N°1309315 abarcaba productos de las clases 18, 21, 25 y, sobre todo, servicios de transporte en la clase 39. E-Trans SpA opuso el registro alegando que “E-TRON” era similar gráfica y fonéticamente a la marca mixta “ETRANS” (N°1283965) y que, según el artículo 20 letras f) y h) de la Ley 19.039, ello generaba riesgo de confusión. El tribunal de primera instancia había desestimado la oposición, pero la Corte Suprema revocó esa parte de la sentencia respecto a la clase 39, acogiéndola por las causales de irregistrabilidad. Se mantuvo el registro para las clases 18, 21 y 25, pero se negó el registro para la clase 39 por posible confusión en el público consumidor. La decisión se firmó por los Ministros Manuel Antonio Valderrama y María Cristina Gajardo, con la participación del Ministro Suplente Roberto Contreras y los abogados integrantes Pía Tavolari y Juan Carlos Ferrada.