Resumen del criterio jurisprudencial
Se alega prescripción de la acción fiscalizadora del sii por cuanto no ha operado el aumento del plazo de prescripción de 3 meses del artículo 63° y 200° del código tributario, toda vez que la citación respectiva solo indica el año de la inversión no justificada, faltando el día y mes de la mismo, fallando así la condición de indicar determinadamente la operación citada. en primera instancia, y dado el hecho que la reclamante, al dar respuesta a la citación, señaló el día y el mes de la operación cuestionada reflejando así el pleno conocimiento de la operación cuestionada, se rechazó esta objeción, sentencia que fue confirmada por la i corte de apelaciones de iquique. recurrida de casación, la excma. corte suprema determina que el solo señalamiento del año de la operación citada, no cumple la condición referida, por lo cual se origina una infracción de ley que amerita anular el fallo y dictar sentencia de reemplazo.