Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte de Apelaciones de Valparaíso revocó la resolución del Juzgado de Policía Local de Llay-Llay que declaró inadmisible la demanda de Banco Falabella contra Giovanni Francisco González Cabrera por dolo o culpa grave del usuario. El tribunal a quo había fundado la inadmisibilidad en que el monto reclamado ($916.000) no excedía el umbral de 35 UF y en que, al haberse rechazado la solicitud de suspensión de restitución de fondos, el emisor carecía de acción. La Corte interpretó los artículos 5 y 5 bis de la Ley N°20.009, concluyendo que el rechazo de la medida prejudicial no extingue el derecho del emisor a ejercer la acción de fondo. Señaló que la normativa no condiciona la admisibilidad de la demanda a la cuantía del litigio, sino que regula una medida cautelar. Por tanto, ordenó al juez a quo admitir a tramitación la acción promovida. La decisión se basa en que el emisor puede presentar antecedentes sobre dolo o culpa grave del usuario, independientemente del resultado de la suspensión. Se revocó la resolución apelada y se declaró que la demanda debe ser admitida.