Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre la resolución de la Dirección de Grandes Contribuyentes del Servicio de Impuestos Internos, que ordenaba devolver a una empresa una suma por concepto de IVA Exportador correspondiente a diciembre de 2011. El organismo contralor devolvió el instrumento sin tramitar, por no ajustarse a derecho. Fundó su decisión en que el informe de auditoría que respaldaba la devolución no describía las diligencias realizadas sobre las exportaciones, cuando debía contener las gestiones indagatorias necesarias para comprobar la procedencia de lo solicitado. Además, observó que no se habían autorizado las fotocopias de las facturas de proveedores por el funcionario competente, conforme a los artículos 23 y 25 de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios. Finalmente, precisó que el ítem que financia la restitución debe denominarse Devoluciones de IVA, del Programa Ingresos Generales de la Nación, partida 50 Tesoro Público, según la Ley de Presupuestos para 2012.