Resumen del criterio jurisprudencial
Se acoge reposición interpuesta por el servicio de impuestos internos en contra de la resolución que tiene por interpuesto el reclamo, se deja sin efecto dicha resolución y en su lugar se decreta no ha lugar al reclamo por improcedente, atendido a que la acción se dirige contra un giro, el que ha sido dejado sin efecto antes de la interposición del reclamo y previamente al traslado, por lo que no existe conflicto de relevancia jurídica que resolver ni derecho lesionado que reparar.