Resumen del criterio jurisprudencial
El demandante Juan Pablo Bulnes dedujo un recurso de casación en el fondo contra la sentencia de la Corte de Apelaciones que rechazó su reclamación contra la resolución de la Dirección General de Aguas que aprobó el listado de derechos de aguas sujetos a patente. El recurrente alegó infracción de normas reguladoras de la prueba, específicamente los artículos 318, 324, 325, 346 y 170 N°4 del Código de Procedimiento Civil, en relación con los artículos 1700 y 1702 del Código Civil, argumentando que no se recibió la causa a prueba y que se valoraron documentos sin citación. En un segundo capítulo, denunció la infracción del artículo 129 bis 9 del Código de Aguas, en relación con los artículos 63 N°14 y 65 N°1 de la Constitución, sosteniendo que sus derechos cumplían las condiciones para no ser incluidos en el listado. La Corte Suprema desestimó el recurso, señalando que las infracciones denunciadas como normas reguladoras de la prueba constituyen vicios de casación formal, improcedentes en este procedimiento especial regido por el Código de Aguas. Además, respecto al fondo, el tribunal consideró que el recurrente no denunció como infringido el artículo 59 del Código de Aguas, que era la norma decisoria de la litis, por lo que los errores alegados no influían en lo dispositivo del fallo. En consecuencia, se rechazó el recurso de casación en el fondo.