Resumen del criterio jurisprudencial
El 30 de septiembre de 2026 la Corte Suprema, a través de su Tercera Sala, resolvió un recurso de protección interpuesto contra el Servicio Nacional de Migraciones por la dilación injustificada en responder a una solicitud de refugio. La parte recurrente alegó vulneración de garantías constitucionales, particularmente el principio de igualdad ante la ley. La Corte analizó los principios de celeridad, conclusividad, economía procedimental e inexcusabilidad establecidos en la Ley N° 19.880, así como los artículos 19 N°2 y 20 de la Constitución. Se constató que la autoridad migratoria había excedido el plazo del artículo 27 de la Ley 19.880, incurriendo en una conducta ilegal y arbitraria. En consecuencia, se revocó la sentencia apelada y se acogió el recurso de protección, ordenando al Servicio Nacional de Migraciones emitir una resolución dentro de sesenta días corridos. La decisión contó con voto disidente de los ministros Jean Pierre Matus y Gonzalo Ruz, quienes abogaron por confirmar el fallo en alzada.