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El retardo en la resolución de la solicitud es imputable únicamente a la autoridad admi…

Resumen del criterio jurisprudencial

El retardo en la resolución de la solicitud es imputable únicamente a la autoridad administrativa, por lo que no puede sancionarse al titular de los derechos por una omisión que no le corresponde.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.