Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte Suprema revocó parcialmente la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago, eliminando sus fundamentos séptimo y octavo, y restableció la Suspensión Condicional del Procedimiento (SCP) otorgada por el Juez de Garantía. Los imputados fueron formalizados por administración desleal (artículo 470 N°11 inciso tercero y 467 inciso final del Código Penal) en concurso ideal con infracción a la Ley N°18.045 sobre Mercado de Valores. El Ministerio Público solicitó la SCP considerando que concurrían circunstancias atenuantes que permitían una pena inferior a tres años. El Juez de Garantía aprobó la medida estableciendo condiciones de domicilio, firma periódica y recompra del 80% de cuotas Serie B del Fondo Capital Estructurado Uno por un año. La Corte Suprema confirmó esta decisión rechazando los argumentos de los querellantes que se oponían a la SCP.