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La Corte Suprema resuelve que no procede el pago de títulos de crédito cuando el poseed…

Sentencia · Corte Suprema

Resumen

La Corte Suprema resuelve que no procede el pago de títulos de crédito cuando el poseedor actúa de mala fe. Aunque los títulos de crédito se caracterizan por su literalidad, autonomía y abstracción, estos principios solo favorecen al poseedor de buena fe. En el caso, se estableció que la sociedad demandante y otra persona natural constituían una sola persona para efectos de ilícitos, y que los fondos provenían de dineros defraudados. Por ausencia de buena fe y actuación a sabiendas de la ilicitud, la posesión de los títulos no es legítima. Los créditos que intenta cobrar carecen de causa lícita, faltando un elemento esencial de validez del acto jurídico.

Normas citadas

  • Artículo 1467 Código Civil (causa lícita)
  • Artículo 1445 Código Civil (elementos de validez del acto jurídico)
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