Resumen
La Contraloría Regional de Arica y Parinacota consultó si debía aplicarse el decreto N° 48, de 1994, del Ministerio de Obras Públicas, Reglamento para la C.T.C., a la resolución N° 3, de 2012, de la Dirección General de Aguas, que aprobó las bases administrativas y los términos de referencia para contratar un estudio de caracterización hidrogeológica de la cuenca del río Colpitas, en la Región de Arica y Parinacota. El órgano contralor recordó que el artículo 1° del reglamento rige los contratos de estudios, proyectos y asesorías del Ministerio de Obras Públicas relacionados con la construcción de obras. Constató que las bases y los términos de referencia mencionan obras que podría originar el estudio, como el artículo 33 de las bases y los numerales 1, 3, 4, 7 y 8 de los términos de referencia. Concluyó que la consultoría guarda relación con la construcción de obras, por lo que debe regirse por lo dispuesto en el decreto N° 48.