Resumen del criterio jurisprudencial
Aun en el evento en que los sentenciadores no hubieren estimado concurrente la circunstancia agravante del artículo 12 n°16 del Código Penal, por disposición del artículo 449 del mismo cuerpo normativo, el tribunal habría llegado a la misma determinación de cinco años y un día de presidio mayor en su grado mínimo.