Resumen del criterio jurisprudencial
Personal de las Fuerzas Armadas que se acoge a retiro, sin derecho a pensión, puede obtener la devolución de sus cotizaciones para desahucio, incluyendo los montos enterados para el reconocimiento de los últimos dos años o cuatro semestres de estudio profesionales de los oficiales de justicia, sanidad, sanidad dental, veterinaria y del servicio religioso, en la medida que se haya encontrado en servicios a la fecha de vigencia de la ley N° 20.735 y lo requiera dentro de los tres años siguiente a la fecha de su cese