Resumen del criterio jurisprudencial
María Constanza Gantes Villanueva dedujo recurso de protección contra Isapre Esencial S.A. por otorgar cobertura limitada a prestaciones psicológicas y psíquicas en su plan de salud antiguo, lo que estimó ilegal, arbitrario y discriminatorio. Sostuvo que contrató sin preexistencias y que la Ley N° 21.331 y la Circular N° 396 impiden limitar la cobertura de salud mental, pero que la Isapre mantuvo la restricción para planes anteriores, vulnerando sus garantías de los artículos 19 N°s 1, 2, 9 y 24 de la Constitución. La Isapre defendió la legalidad del contrato y alegó que la controversia era de naturaleza contractual, no apta para la acción de protección. La Corte señaló que la acción de protección exige un derecho fundamental indubitado y que la determinación de si correspondía una cobertura distinta requiere examinar el contrato y hechos controvertidos. Además, destacó que el plan contemplaba un 50% de cobertura en salud mental, sujeto a condiciones contractuales que no se habrían cumplido en una de las prestaciones. En consecuencia, rechazó el recurso, sin costas.