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María Constanza Gantes Villanueva dedujo recurso de protección contra Isapre Esencial S.A.

Resumen del criterio jurisprudencial

María Constanza Gantes Villanueva dedujo recurso de protección contra Isapre Esencial S.A. por otorgar cobertura limitada a prestaciones psicológicas y psíquicas en su plan de salud antiguo, lo que estimó ilegal, arbitrario y discriminatorio. Sostuvo que contrató sin preexistencias y que la Ley N° 21.331 y la Circular N° 396 impiden limitar la cobertura de salud mental, pero que la Isapre mantuvo la restricción para planes anteriores, vulnerando sus garantías de los artículos 19 N°s 1, 2, 9 y 24 de la Constitución. La Isapre defendió la legalidad del contrato y alegó que la controversia era de naturaleza contractual, no apta para la acción de protección. La Corte señaló que la acción de protección exige un derecho fundamental indubitado y que la determinación de si correspondía una cobertura distinta requiere examinar el contrato y hechos controvertidos. Además, destacó que el plan contemplaba un 50% de cobertura en salud mental, sujeto a condiciones contractuales que no se habrían cumplido en una de las prestaciones. En consecuencia, rechazó el recurso, sin costas.

Protección-Protección

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.