Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte Suprema rechazó el recurso de casación en el fondo interpuesto por Andacor S.A. contra la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago que desestimó su reclamación contra la Resolución N° 2.922 de la Dirección General de Aguas. Dicha resolución había denegado un recurso de reconsideración contra la Resolución N° 746, que acogió una denuncia por usurpación de aguas. La actora sostenía que la DGA no tenía competencia para constituir derechos sobre derrames o drenajes, pues ello correspondía al propietario del predio mediante título. La Corte consideró que la DGA actuó dentro de sus atribuciones legales conforme al Código de Aguas y que no se vulneraron las normas citadas. Se analizaron los artículos 53, 54 y 55 del Código de Aguas, concluyendo que no exigen un título previo del dueño del predio para que la autoridad administrativa intervenga. Asimismo, se descartó la infracción de los artículos 47, 48 y 52 del mismo código y del artículo 2 de la Ley N° 18.575. En consecuencia, el fallo confirmó la decisión administrativa y rechazó el recurso de casación.