Resumen del criterio jurisprudencial
El recurso de amparo fue deducido en favor de Ángel Miguel Blanco Sánchez, ciudadano venezolano, en contra del Servicio Nacional de Migraciones por la Resolución Exenta N°24414564 que rechazó su solicitud de residencia definitiva y ordenó su abandono del país en 10 días. El recurrente alegó que la resolución era ilegal y desproporcionada, desconociendo su arraigo laboral, social y familiar de más de ocho años en Chile, y que la omisión del certificado de antecedentes penales apostillado se debía a dificultades burocráticas en Venezuela. El Servicio informó que se requirió el certificado vigente y que el recurrente no lo presentó, actuando conforme a la Ley N°21.325. La Corte consideró que, si bien la autoridad tiene facultades para rechazar la solicitud, en este caso el amparado había ingresado regularmente en 2018, presentó un certificado anterior, y la falta era una mera actualización. Se acogió el recurso dejando sin efecto la resolución impugnada y otorgando un plazo de 30 días para acompañar el certificado apostillado, debiendo la autoridad pronunciarse nuevamente.