Resumen del criterio jurisprudencial
El volumen mínimo de agua a distribuir por camiones aljibe es de 100 litros para el consumo diario por persona, a excepción de lo que resuelva la autoridad sanitaria en casos calificados.
El volumen mínimo de agua a distribuir por camiones aljibe es de 100 litros para el consumo diario por persona, a excepción de lo que resuelva la autoridad sanitaria en casos calificados.
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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.