Resumen del criterio jurisprudencial
Determinó que la evidencia científica disponible es insuficiente para responsabilizar al fabricante por los síntomas autoinmunes alegados por las demandantes. Respecto al riesgo de linfoma anaplásico, el tribunal concluyó que su baja incidencia absoluta y alta tasa de recuperación no configuran un defecto legal en el producto, ponderando la utilidad del dispositivo médico frente a sus complicaciones inherentes y confirmando el cumplimiento del deber de información por parte de la empresa.