Resumen del criterio jurisprudencial
Se acoge el amparo interpuesto en contra de la Municipalidad de Doñihue, ordenándose la entrega de diversa información sobre la actividad denominada "Fiesta de la Chicha y el Chancho 2025". Lo anterior, por cuanto, atendido al tipo de función que desempeñan los servidores públicos, éstos están sujetos a un nivel de escrutinio de una entidad mayor, que supone un control social más intenso respecto de sus antecedentes, actuaciones y conducta. Asimismo, por cuanto, contrastados los antecedentes reclamados en el amparo con aquellos ofrecidos, se advierte que no existe entre ambos la necesaria correspondencia que permita considerar como debidamente atendida la solicitud en cada uno de los puntos específicos en los que fue formulada y que fueron planteados en el amparo. En forma previa a su entrega, el órgano deberá tarjar los datos personales y sensibles de contexto que pudieran contener los documentos, en aplicación del principio de divisibilidad consagrado en la Ley de Transparencia.