Resumen del criterio jurisprudencial
Se trata de un reclamo tributario interpuesto por Ana M Carrillo B EIRL en contra del Servicio de Impuestos Internos (SII) Dirección Regional de Iquique. El tribunal examinó de oficio la oportunidad del reclamo y determinó que fue deducido fuera del plazo legal de 15 días contados desde la notificación de la actuación reclamada. En consecuencia, declaró no ha lugar al reclamo por extemporáneo, sin entrar al fondo del asunto. Además, tuvo por acompañados los documentos presentados y ordenó la notificación por carta certificada al abogado patrocinante. La resolución fue dictada por el Juez Titular del Tribunal Tributario y Aduanero de Tarapacá.