Tributario

Finalmente, la empresa hace ver el trato diferente que se habría dado al tema en otra…

Oficio · Servicio de Impuestos Internos · 2013

Resumen

Finalmente, la empresa hace ver el trato diferente que se habría dado al tema en otra licitación similar y solicita que ese organismo Contralor disponga que TTT cobre las multas sobre el neto del respectivo contrato y la devolución del exceso que se habría cancelado al incluir el IVA en el cálculo respectivo, lo que a su juicio podría constituir una figura de enriquecimiento ilícito para la Institución mandante. El artículo 8° del D.L. N° 825, de 1974, grava con IVA las ventas y servicios. A su vez el artículo 2° define estos conceptos, entendiendo por venta "toda convención independiente de la designación que le den las partes, que sirva para transferir a título oneroso el dominio de bienes corporales muebles,..."; y por servicio "œLa acción o prestación que una persona

Normas citadas

  • Ley de Impuesto a las Ventas y Servicios (IVA)
SIIServicio de Impuestos Internosjurisprudencia administrativaoficioLey de Impuesto a las Ventas y Servicios (IVA)

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