Resumen del criterio jurisprudencial
El Ministerio Público presentó acusación por el delito hurto de ganado. Alegó las agravantes de ejecutar los hechos en sitios faltos de vigilancia policial, obscuros, solitarios, sin tránsito habitual o que por cualquiera otra condición favorezcan la impunidad y la de ser dos o más los malhechores. Alega también para los autores, la atenuante de irreprochable conducta anterior, solicitando, en definitiva, la pena de cuatro años de presidio menor en su grado máximo para los autores, más accesorias legales. El tribunal, al sentenciar, rechaza la agravante del artículo 456 Nº 1 del Código Penal en razón de que el abigeato por su naturaleza y peculiaridades inherentes acoge gran parte de las hipótesis planteadas en la agravante especial.