Resumen del criterio jurisprudencial
Alison Carolina Paredes Gavarrete, nacional hondureña, dedujo acción de amparo constitucional contra el Servicio Nacional de Migraciones por la Resolución Exenta N° 2500100120819, de 2 de septiembre de 2025, que rechazó su solicitud de residencia temporal en la subcategoría de estudiante, ordenó el abandono del país y prohibición de ingreso por cinco años. La recurrente sostuvo que la resolución se fundó en hechos falsos, se adoptó sin debido proceso y vulneró su libertad personal, ya que habría acompañado oportunamente la matrícula y explicó la imposibilidad de obtener el certificado de antecedentes penales de Honduras. También alegó la vulneración del principio de unidad familiar, pues reside junto a su cónyuge chileno, Christian Eduardo Gallardo Galdames. La Corte determinó que la autoridad administrativa actuó con estricto apego a la ley, pues otorgó a la amparada plazos adicionales de 60 y 10 días para presentar la documentación exigida. Al no cumplir la recurrente con la carga documental, el rechazo resultó conforme a lo dispuesto en la normativa migratoria aplicable. En consecuencia, rechazó la acción de amparo, sin costas.