Resumen del criterio jurisprudencial
El máximo Tribunal acogió un recurso de casación en el fondo y anuló una sentencia que tuvo por desistida una demanda ejecutiva, al concluir que la suspensión del remate y la renuncia a la cláusula de aceleración no constituyen una manifestación expresa de voluntad de abandonar la acción, conforme al artículo 148 del Código de Procedimiento Civil.