Resumen
El tribunal tributario y aduanero de la región de la araucanía dio lugar al reclamo presentado por el abogado cristian gotschlich neumann, en representación de doña ángela carola reichert meiners, en contra de la liquidación n°160402093, de 3 de abril de 2019, en la cual se determinó una diferencia de impuesto global complementario ascendente a la suma de $9.459.450, más reajustes e intereses, la que se funda en una subdeclaración de ingresos por concepto de arriendo de bien raíz correspondiente a la declaración de renta del año tributario 2016. al respecto, consideró el tribunal que se estableció en autos que la reclamante era titular del derecho de dominio sobre el inmueble y que con fecha 21 de junio de 2012 vendió el 50% de acciones y derechos a su hija doña alejandra cifuentes reichert, por lo cual solo le corresponde declarar y tributar sobre el 50% de las rentas de arrendamientos percibidas, por lo cual los montos determinados por concepto de rentas de arrendamiento en el año tributario 2016 se encuentran correctamente determinados en el porcentaje correspondiente, lo cual se acredita con los documentos acompañados. asimismo, señala el sentenciador que el servicio de impuestos internos no acompañó ningún antecedente probatorio que respalde la procedencia del agregado a la base imponible que se contiene en la liquidación reclamada.