1) La Dirección del Trabajo carece de competencia para eximir del cumplimiento de lo di…
Dictamen · Dirección del Trabajo · 1999
Resumen
1) La Dirección del Trabajo carece de competencia para eximir del cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 33 del Código del Trabajo. 2) El sistema propuesto por el Sindicato de Profesores del Liceo Alianza Francesa, para los efectos de controlar la asistencia y determinar las horas de trabajo del personal docente dicho establecimiento, no constituye un libro de asistencia en los términos de la normativa legal y reglamentaria vigente, no siendo procedente, además, autorizar a la aludida entidad para implantar dicho sistema.
Normas citadas
Código del Trabajo
Artículo 33 del Código del Trabajo
Decreto Supremo N° 969
Lee el documento completo
Con tu cuenta ves el rol de la causa, la fecha, las partes y el texto íntegro, y puedes analizarlo con inteligencia artificial. Crear la cuenta es gratis: 5 consultas y 5 créditos de regalo, sin tarjeta de crédito.
Constitucional AI es inteligencia artificial legal para abogados en Chile: busca en sentencias, dictámenes y oficios y responde citando sus fuentes. Conoce cómo funciona
Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.