No se advierte que se haya incurrido en una excesiva tardanza o negativa injustificada…
Dictamen · Contraloría General de la República · 2022
Resumen
No se advierte que se haya incurrido en una excesiva tardanza o negativa injustificada en la tramitación de los bonos de reconocimiento que indica. Solo se puede liquidar ese beneficio cuando se verifique alguna de las condiciones establecidas en el artículo 12 transitorio del decreto ley N° 3.500, de 1980
Normas citadas
ley 18458 art/4
dl 3500/80 art/9 tran
dl 3500/80 art/11 tran
dl 3500/80 art/12 tran
dl 3500/80 art/3 tran
ley 21248 art/uni
ContraloríaCGRdictamengenera jurisprudencia
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Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.